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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373677
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2850
JUNTAS, PLURALIDAD DE ACCIONES ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2850
El artículo 482 de la Ley Federal del Trabajo que establece: "Cuando haya varias acciones contra una misma persona y respecto de un mismo asunto, deben intentarse en una sola demanda, todas las que no sean contrarias, y por el ejercicio de una o más, quedan extinguidas las otras", no es aplicable cuando, aunque haya varias reclamaciones sucesivas contra una persona, no se trate de acciones diversas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5803/44. Petróleos Mexicanos. 7 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada.