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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2860
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, IRREVOCABILIDAD DE SUS FALLOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2860
Por ningún motivo y en ningún caso puede legalmente una Junta revocar el acuerdo por el que tuvo por contestada la demanda en sentido afirmativo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6515/44. Brid Vicente. 7 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada.