Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/373717
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3298
AGRUPACIONES DE TRABAJADORES, DERECHO DE LAS, A SER REGISTRADAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3298
Toda agrupación de trabajadores que reúna los requisitos que para formar una entidad sindical previene el artículo 242 de la Ley Federal del Trabajo, tiene derecho a ser registrada, sin que obste que exista registrada otra entidad sindical de la misma rama industrial.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó por improcedente la demanda 5258/44. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 15 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.