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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3413
SINDICATOS, ESTATUTOS DE LOS, QUE APLICAN LA CLAUSULA DE EXCLUSION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3413
En rigor no puede hablarse de inconstitucionalidad de las estipulaciones estatutarias, pues este concepto sólo puede ser apropiado para calificar las leyes o los actos de autoridad, y a esa especie de reglamentación convencional únicamente puede tildárseles de nulas en el caso de que contravengan disposiciones de orden público, como son las constitucionales, y si el trabajador reclama la ilegalidad de la aplicación en la cláusula de exclusión, alegando que pugna con lo dispuesto en el artículo 5o. constitucional, su alegación es inoperante si apoyó su demanda ante la Junta, precisamente en las disposiciones de los estatutos del sindicato contra quien reclama, sin proponer la ilegalidad de esos estatutos, estando por lo mismo la Junta respectiva, incapacitada para estudiar ese aspecto de la cuestión, que tampoco puede ser ya objeto de examen en la sentencia de amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2804/44. Guerrero Jesús. 16 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Hermilo López Sánchez.