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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373724
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3422
TRABAJO, DEMANDA TENIDA POR CONTESTADA EN SENTIDO AFIRMATIVO, CONSECUENCIA DE LA DECLARACION RELATIVA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3422
Si la parte demandada no concurre a la audiencia y la demanda se declara contestada en sentido afirmativo, y el actor se desiste de las pruebas que ha ofrecido, la Junta está en aptitud de dictar su laudo teniendo en cuenta esa confesión ficta, apoyándose en la presunción juris tantum, dimanada de la falta de contestación de la demanda, sobre que son ciertos los hechos fijados en ésta, y la ejecutoria de amparo no puede ocuparse de hacer el estudio de la justificación o injustificación del laudo recurrido, en este punto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5024/44. Compañía Industrial y Constructora Ziebarth, S.A. de C.V. 16 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.