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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373731
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3513
INTERMEDIARIOS EN EL CONTRATO DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3513
Si de las pruebas rendidas en el expediente relativo, se viene en conocimiento de que la negociación en donde presentaban sus servicios los obreros reclamantes era propiedad de determinado individuo, quien ministraba los elementos pecuniarios y las herramientas necesarias para la explotación, a dicho individuo debe conceptuársele como el verdadero patrón y no al intermediario con quien directamente se entendían los trabajadores, sobre todo, si esta estimación de la Junta no fue impugnada en forma alguna por el patrono reclamante.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5454/44. García Yáñez Odorico. 17 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.