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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373801
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4459
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4459
Dada la técnica del juicio de garantías y el contenido de los incidentes de suspensión, no es posible jurídicamente hablando, que al resolverse sobre la suspensión de los actos reclamados, se prejuzgue sobre la naturaleza de los mismos y sobre sus efectos intrínsecos, porque esto sólo puede ser materia de la sentencia que se pronuncie al resolverse el juicio de garantías, tomando en consideración todas las circunstancias y fundamentos que se tuvieron en cuenta para pronunciar el laudo impugnado en la vía constitucional.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 542/44. American Smelting and Refining Company. 4 de diciembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.