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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4595
LAUDOS, OMISIONES EN LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4595
Si en la parte resolutiva de un laudo, nada se dice respecto a ciertos puntos aludidos en su parte considerativa, en el caso, respecto a la indemnización por despido injustificado y a los salarios caídos, debe concederse el amparo, a fin de que la autoridad resuelva respecto de esos puntos omitidos, en la forma que sea procedente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10190/43. Pérez Pantaleón y coagraviados. 6 de diciembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.