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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373841
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 289
LAUDOS DEFICIENTES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 289
Cuando las Juntas no hacen estudio alguno de las excepciones opuestas por el demandado, al contestar la demanda, y se limita a enunciarlas, no llena los requisitos previstos por los artículos 550 y 551 de la Ley Federal del Trabajo, resultando de ello que el laudo reclamado no se encuentra debidamente fundado ni motivado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8779/43. Petróleos Mexicanos. 5 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.