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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373846
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 497
CONVENIOS ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 497
Los convenios que se celebran después de planteada la controversia ante las autoridades del trabajo, para su validez se requiere que sean aprobados por la Junta Central de Conciliación y Arbitraje respectiva, ya que por disposición de la ley de la materia, los contratos obrero patronales no requieren formalidad de ninguna especie.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2339/44. Ibarra Jesús y coag. 7 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Eduardo Vasconcelos.