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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 605
DEMANDAS ANTE LAS JUNTAS, REQUISITO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 605
No basta que un obrero invoque en su favor diversos preceptos de la ley, en apoyo a su demanda, sino que es necesario que esos tengan congruencia con la acción ejercitada, pues de aceptar lo contrario sería tanto como estimar innecesarios los puntos petitorios, ya que la sola invocación del derecho obligaría a las Juntas a investigar la naturaleza de la acción deducida.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2252/44. Ríos Antonio. 10 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilio López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.