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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 679
PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 679
Si a un trabajador se le imputa la pérdida de una cantidad de café que se quemó por haber abandonado aquél el trabajo y el obrero promueve la inspección judicial con objeto de demostrar que el café que se dice perdido está en poder de la empresa, y tal prueba no se le recibe, con ello se violan las leyes de procedimiento y se le priva de defensa, de acuerdo con lo preceptuado por la fracción III del artículo 159 de la Ley de Amparo, lo cual amerita que se le conceda éste para que se reponga el procedimiento desde el punto en que fue violado, mandándose practicar la inspección judicial, pero si dicha prueba se ofrece con posterioridad a la fecha en que se cerró el periodo de ofrecimiento de pruebas, el rechazamiento de la misma, se ajusta a lo prevenido en el artículo 522 de la Ley Federal del Trabajo, por más que se trate de hacerla aparecer como una prueba de tacha de testigos, cuando lo que tiene por fin es demostrar un hecho controvertido en el litigio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2507/44. Tapia Carlos M. 11 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.