Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/373862
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373862
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 699
REVISION, DESISTIMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 699
Si se ha pedido amparo por un sindicato respecto de la imputabilidad de una huelga, y uno de los trabajadores aisladamente se desiste del recurso de revisión, tal desistimiento no es de aceptarse porque el amparo no fue propuesto por cada trabajador aisladamente sino por el sindicato respectivo, y porque siendo el objeto de la huelga el que se otorgue un contrato colectivo de trabajo, éste es un derecho sindical que no pueden ejecutar aisladamente los miembros del sindicato sino sólo la persona moral del mismo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6732/43. Alvarez Jesús. 11 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.