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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1021
CONCEPTOS DE VIOLACION, OMISION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1021
Cuando las argumentaciones de una Junta no se combaten a través de los conceptos violatorios que se expresan en la demanda, deben estimarse subsistentes para fundar el sentido del laudo reclamado, ya que una omisión de esa índole no puede suplirse, por tratarse de un amparo que, por ser de trabajo es de estricto derecho.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1967/44. Petróleos Mexicanos. 13 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.