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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373899
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1351
IMPROCEDENCIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1351
El examen de la procedencia o improcedencia del amparo, es de orden público y por su naturaleza, de previa resolución en la sentencia; la esencia misma del sobreseimiento, en cuanto implica abstención de conocer el impedimento para dictar sentencia de mérito, veda hacer el estudio de las pruebas rendidas en orden a la determinación de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1618/44. Pons Sastré José Nicolás. 19 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.