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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1636
SALARIOS, DESCUENTOS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1636
Si una empresa no tuvo intervención alguna en los descuentos que se le hicieron al trabajador, pues éstos se realizaron por órdenes del sindicato a que pertenecía, tales actos no pueden redundar en perjuicio de la propia empresa, porque no fueron ejecutados por ella, y su obligación quedó cumplida debidamente, al ordenar el pago íntegro de los salarios a que tenía derecho el obrero, independientemente de la actitud tomada por el sindicato, al ordenar los descuentos de que se trata.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6635/43. Patiño Romero Celestino Platón. 24 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.