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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373929
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1901
CONFESION ANTE LAS JUNTAS (NOTIFICACIONES EN MATERIA DE TRABAJO).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1901
La Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia, ha sostenido que en los conflictos obrero patronales sólo se requiere la notificación personal, para el emplazamiento a juicio, y por lo mismo, si la Junta responsable optó por citar al quejoso a la diligencia de confesión, mediante notificación que le hizo por estrados, no puede decirse que con tal proceder haya incurrido en infracción de algún precepto legal.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7521/37. Martínez Fernando, Jr. 26 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.