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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374013
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3591
CONCEPTOS DE VIOLACION EN LOS AMPAROS DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3591
Si en los conceptos de violación hechos valer por el quejoso, no se combaten debidamente los fundamentos del laudo impugnado, por no expresar el quejoso las causas por las que pretende que la autoridad responsable mal estimó sus pruebas, ni se manifiestan las razones por las cuales estimó que probó su derecho, sino que se concretó a citar los mismos fundamentos que adujo la autoridad responsable para fundar su acción, es indudable que no habiéndose probado la inconstitucionalidad del acto reclamado, debe negarse al quejoso el amparo de la Justicia Federal.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1501/44. Ruiz Velia y coagas. 16 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.