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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3983
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO, QUEJA POR DEFECTO EN LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3983
Si una ejecutoria de la Suprema Corte concede el amparo para que la autoridad responsable haga el estudio de todas las pruebas rendidas en el conflicto, y dicha autoridad no cumple con lo mandado en esa ejecutoria, incurriendo en defecto en la ejecución, esto debe ser materia del recurso de queja, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 95, fracción IX, de la Ley de Amparo y no de un nuevo juicio de garantías.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7105/43. Mora Isabel. 22 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.