Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/374055
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4662
LIBERTAD DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4662
Debe descartarse lo alegado contra la sentencia del Juez de Distrito, en el sentido de que en todas las ciudades de la República hay miles de personas que se dedican a las mismas actividades que las de las quejosas, sin que lo impidan las autoridades, porque no se trata de dilucidar lo que hagan o puedan hacer autoridades distintas de las señaladas como responsables, sino solamente si éstas dejan de cumplir la ley o no.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9694/43. Rosete Concepción y coagas. 30 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.