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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374069
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5001
TRABAJADORES, PRERROGATIVAS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5001
De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 13, transitorio, de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tienen derecho a percibir todos los beneficios o prerrogativas que en su favor se establezcan, en los reglamentos o contratos de trabajo, independientemente de los límites señalados por la ley, pues esas estipulaciones contractuales, determinan situaciones jurídicas favorables a los mismos trabajadores, que deben perdurar hasta que no sean modificados por la revisión de los contratos en que se establecen; y en ese caso, no tiene aplicación el artículo 294 del mismo ordenamiento.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2693/44. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 4 de septiembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.