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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5289
NOTIFICACIONES PERSONALES EN LOS JUICIOS DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5289
En los juicios obrero patronales, la primera notificación debe hacerse personalmente al demandado, de modo que si los efectos de la citación hecha para la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, quedan sin efecto por no haber concurrido las partes a esa diligencia, la nueva citación para la misma audiencia, debe hacerse también personalmente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2919/44. Chousal viuda de Calatayud América y coags. 7 de septiembre de 1944. Mayoría de tres votos. Disidente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Hermilo López Sánchez.
Quinta Epoca:
Tomo LXXX, página 4460. Amparo directo en materia de trabajo 1813/44. "Garza y Leos", S. de R. L. 28 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente:Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.