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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374093
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5382
TRABAJADORES INTERINOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5382
Si el contrato celebrado con el quejoso, fue expresamente de carácter transitorio, para llenar el puesto de otro trabajador con licencia, y dicha estipulación contractual es la que se alega como fuente de derecho, aunque debiera entenderse prorrogada, debe decirse que esta prórroga no podría alterar la naturaleza intrínseca del contrato, de modo que aun cuando los servicios fuesen, en el caso, de conservación y de mantenimiento, no por eso el trabajador adquirió el derecho de que se le considerase como de planta, pues los servicios que de este modo prestó, fueron siempre bajo el concepto de que estaba sustituyendo a otro trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3523/44. González Lorenzo. 8 de septiembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.