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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374097
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5412
TESTIGOS HABILES EL EN PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5412
La circunstancia de que las personas presentadas como testigos, sean las mismas que ordenaron y ejecutaron el despido del quejoso, no inhabilita los dichos de esos testigos, y menos aún, si se trata de la valoración de sus dichos, hecho por una autoridad que como las Juntas, no tienen obligación de sujetarse a las reglas del derecho común, siempre que, al aceptar los testimonios, no cometan ningún error lógico de raciocinio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 772/44. Orduña Luis G. 8 de septiembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.