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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5962
EBRIEDAD DE LOS TRABAJADORES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5962
El estado de ebriedad de una persona es susceptible de caer bajo la apreciación de los sentidos, de manera que puede tenerse por acreditado mediante una información testimonial, que llene los requisitos de ley, pero si la Junta respectiva no aprecia los testimonios como es debido, procede conceder la protección federal para los efectos de que se pronuncie nuevo laudo, en que se haga dicha apreciación.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3373/44. Rabatté Francisco. 25 de septiembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.