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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374141
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5976
CONFESION DE LOS COADYUVANTES DEL ACTOR EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5976
No es de tomarse en consideración lo alegado en el sentido de que la responsable desechó indebidamente la prueba confesional ofrecida por el quejoso, porque si la responsable no admitió esa confesional, se debe a que la persona que debería absolver las posiciones es coadyuvante del quejoso, en el juicio laborista que éste le siguió a la empresa demandada, pues en el caso, sólo la demandada estuvo obligada a absolver posiciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4004/43. Pacheco Enrique. 27 de septiembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel Carvajal. La publicación no menciona el nombre del ponente.