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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374169
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 636
DEPOSITARIO ADMINISTRADOR, CUANDO DEBE PAGAR LOS SALARIOS A LOS OBREROS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 636
Cuando un depositario no tiene el carácter de interventor con cargo a la caja, sino que la posición que se le dio, le confirió la administración de los bienes secuestrados, a el corresponde el pago de los salarios de los trabajadores, y en manera alguna al propietario de los bienes embargados, toda vez que dicho propietario quedó eliminado de la administración de los mismos bienes, y la administración quedó a cargo del depositario.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4368/43. Mouret Emmanuel. 14 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Eduardo Vasconcelos.