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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374180
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 994
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, A QUIENES FAVORECE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 994
El artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, previene que las estipulaciones del contrato colectivo se extienden a todas las personas que trabajen en la empresa, aun cuando no sean miembros del sindicato que lo haya celebrado, excepción hecha de quienes desempeñen puestos de dirección y de inspección, así como de los empleados de confianza.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1538/44. Correa Cristino y coagraviados. 20 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.