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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374184
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1025
ESTATUTO JURIDICO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO (EROGACIONES PECUNIARIAS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1025
El artículo 7o. transitorio, del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado, previene que las disposiciones que impliquen erogaciones pecuniarias se pondrán en vigor gradualmente, a discreción del Ejecutivo Federal, y a medida que las condiciones del Estado lo permitan, de manera que mientras que el propio Ejecutivo Federal no ponga en vigor, como no las ha puesto, dichas disposiciones, no se le podrá obligar a hacer las repetidas erogaciones pecuniarias.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1006/44. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 20 de abril de 1944. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: Hermilo López Sánchez.