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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374210
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1934
CORRECCIONES DISCIPLINARIAS, FACULTAD DE LAS JUNTAS PARA IMPONERLAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1934
La facultad para imponer correcciones disciplinarias a que se refieren los artículos 468, 471 y 472 de la Ley Federal del Trabajo, es para el efecto de conservar el buen orden y el respeto que merecen las autoridades ante quienes los particulares litigan. En ese concepto, toda imposición de una corrección, supone que el litigante se ha conducido irrespetuosamente ante la autoridad que provee.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9808/43. Sánchez Alvarez Eduardo. 28 de abril de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.