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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374215
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2152
DEMENCIA MENTAL, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2152
El estado de demencia mental en que una persona se encuentra, sólo puede ser comprobado mediante prueba pericial, y no por medio de testigos, y si para comprobarla se presentan los certificados de dos médicos que no fueron nombrados peritos, y los mismos no comparecen ante la Junta a ratificar dichos certificados, se trata de una prueba testimonial que por no haber sido recibida con citación de la parte contraria, no puede pararle en perjuicio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3474/43. Miranda Hernández Emilio. 3 de mayo de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Angel Carvajal.