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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374217
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2161
TERCERIAS DE PREFERENCIA (LEYES SUPLETORIAS EN MATERIA DE TRABAJO).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2161
El artículo 570 del Código Federal de Procedimientos Civiles, que determina los efectos de la interposición de una tercería de preferencia, no siempre tiene aplicación íntegra, pues aun cuando el Código Federal de Procedimientos Civiles sea supletorio de la Ley Federal del Trabajo, conforme al artículo 16 de este ordenamiento, esa supletoriedad sólo se realiza en cuanto no se oponga a las disposiciones del código obrero.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9317/43. Manzanilla C. Tomás. 3 de mayo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Angel Carvajal.