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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374219
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2172
ACCION, DESISTIMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2172
El artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, requiere que para tener por desistido de la acción intentada por el actor, es preciso que deje éste de hacer promoción necesaria para continuación del procedimiento, en un término de tres meses.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9152/43. Compañía Minera Asarco, S. A. 3 de mayo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Angel Carvajal.