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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374221
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2288
JUNTAS, COMPETENCIA DE LAS (ARTICULO 433 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2288
El artículo 433 de la Ley Federal del Trabajo, dice que cuando una Junta en cualquier estado del procedimiento advierta, etcétera, el acto de advertir es subjetivo y por tanto exclusivo de la Junta, si ésta no estima ser incompetente, no está obligada a declararlo así.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9358/43. Sociedad Cooperativa de Ejidatarios y Obreros del Ingenio "Emiliano Zapata", S. C. de R. S. de P. E. 4 de mayo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. la publicación no menciona el nombre del ponente.