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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2473
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, CONTRATOS COMO PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2473
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje sólo pueden fundar sus laudos en los contratos que obren en autos, que hubieren sido rendidos como pruebas por las partes, y si estas los ofrecen, pero no llegan a rendirlos, entonces no existe razón para que se ocupen de ellos, aun cuando se trate de documentos que obren en sus archivos si expresamente no pidió su compulsa el interesado, o hizo su señalamiento.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9433/43. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de mayo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Angel Carvajal.