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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2767
REINSTALACION, NEGATIVA DEL PATRONO A ACATAR LA CONDENA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2767
La aplicación por parte de las Juntas, de lo dispuesto por los artículos 601 y 602 de la Ley Federal del Trabajo, no es sino una consecuencia legal y necesaria de la negativa del patrono a acatar la condena de reinstalación contenida en el laudo, sin que con tal aplicación se infrinjan las garantías que consagran los artículos 14 y 16 constitucionales, pues es inexacto que la condena consiguiente derive de una nueva acción intentada por el trabajador, y que fuera necesaria la tramitación de un nuevo juicio, con la debida intervención de la demandada.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1753/43. Unión de Crédito Popular de Responsabilidad Suplementada o "La Michoacana 2", U. C. P. R. S. 5 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.