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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374252
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2896
CONCILIACION ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2896
La omisión del periodo conciliatorio, implica una violación de garantías para ambas partes, porque se traduce en la privación de una de las etapas del procedimiento de trabajo, respecto de las cuales el legislador puso especial empeño en que tuviera lugar, a fin de obtener en lo posible el avenimiento de las partes en el conflicto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6973/43. Banco Nacional de Crédito Ejidal, S. A. 7 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Angel Carvajal.