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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374269
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 3351
ACCION, DESISTIMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 3351
El artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo requiere que para tener por desistido de la acción intentada por el actor, es preciso que deje éste de hacer las promociones necesarias para la continuación del procedimiento, en un término de tres meses.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9272/43. Compañía Minera Asarco, S. A. 14 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.