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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 3636
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS, POR LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 3636
No basta que las Juntas digan en sus laudos que tales y cuales pruebas producen o no convicción respecto de los hechos a que se refieren, sino que es necesario que analicen detalladamente cada una de las mismas y que expresen los motivo y fundamentos que tengan para conceder o negar valor a los elementos de que se trata.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9873/43. García de Peñaloza Carmen. 19 de junio de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Angel Carvajal.