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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374304
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4030
CONCEPTOS DE VIOLACION, EXPRESION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4030
Cuando ni siquiera se expresan los conceptos violatorios, con el significado técnico del término, ni se mencionan las disposiciones legales infringidas por las autoridades responsables, se han dejado de cumplir los requisitos que señalan las fracciones VI y VII del artículo 166 de la Ley de Amparo, y por lo mismo, se carece de materia de decisión en el juicio constitucional.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2427/44. Infante Juan. 23 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.