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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374310
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4205
REINSTALACION Y REHABILITACION DEL TRABAJADOR, NO DEBEN CONFUNDIRSE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4205
Hay incongruencia en un laudo, cuando un trabajador demanda, no su reinstalación en el trabajo sino su rehabilitación en el mismo puesto que tenía o en otro cualquiera, siendo evidente que la reinstalación presupone la separación injustificada de un trabajador, en tanto que la rehabilitación significa la adquisición de parte del obrero, de la capacidad de trabajar que se encontraba disminuida en virtud de cierta incapacidad, por lo cual al condenar la Junta a reinstalar al trabajador en el puesto que se le tenía asignado, individualmente que se ocupó de una acción no deducida.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6751/43. Petróleos Mexicanos. 26 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Angel Carvajal.