Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/374312
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374312
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4214
AGRAVIOS NO COMPROBADOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4214
Deben estimarse improcedentes los agravios en que se reclame la infracción, por el Juez de Distrito, de determinados preceptos legales, si esos agravios se apoyan en simples argumentaciones del recurrente y los hechos a que en ellos se hace referencia, no se encuentran acreditados en autos con constancia alguna.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 378/44. Compañía de Alcoholes y Licores, "La Gran Unión", S. A. 26 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Angel Carvajal.