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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374319
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4292
AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO, CARACTER ESTRICTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4292
Si el quejoso reclama que la Junta responsable falseó las pruebas y asentó hechos que no declararon los testigos; pero con relación a esto, sólo hace una afirmación general, sin expresar sobre que hechos hubiesen declarado los testigos y que la Junta los hubiera falseado, de ello resulta que la alegación del agraviado adolece de deficiencia, la cual no puede suplir la Suprema Corte de Justicia, por ser el juicio de amparo en materia de trabajo, de estricto derecho.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7070/42. Circuito "Rialto", S. A. 27 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.