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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 94
ACCIDENTES DE TRABAJO FUERA DE LAS HORAS DE SERVICIO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 94
Si el accidente de trabajo que dio lugar a la muerte de un obrero, ocurrió después de terminar sus labores y al estar ejecutando un acto que no se relaciona directamente con ellas, como es un baño, si bien es cierto que algunas clases de trabajo imponen el aseo del obrero para la conservación de la salud, como medida preventiva, con relación a sus familiares y a la comunidad, si en el caso no se comprobó que las actividades de dicho trabajador no eran de tal naturaleza que hiciesen preciso el baño al salir de sus labores, cabe estimar fundado el concepto de violación del artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, en cuanto a que dio valor a las declaraciones de unas personas, en el sentido de que en vista del trabajo que desempeña, el personal se ensucia demasiado con grasa, y antes de salir a la calle se baña, pues en los camiones no los pueden subir cuando van llenos de grasa, pues la afirmación de tales testigos conduciría a establecer, en todo caso, la necesidad de que dicho personal cambiara sus ropas engrasadas para poder viajar en los camiones, pero no la necesidad del baño, ni basta tampoco la sola circunstancia de que la empresa tenga establecidos baños para el servicio de los trabajadores, ya que puede tratarse de una comunidad proporcionada a éstos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5915/43. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 5 de enero de 1944. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: José María Mendoza Pardo.