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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374343
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 220
PRUEBAS INCONDUCENTES ANTE LAS JUNTAS, OMISION DEL ESTUDIO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 220
Aunque la Junta responsable no haya hecho un estudio especial de la prueba de testigos ofrecida por el quejoso, si ésta carece de influencia para modificar el sentido del laudo dictado por dicha Junta, por estar desvirtuado por otras probanzas, no puede estimarse procedente la violación que se alegue en el amparo y que se haga consistir en la omisión de que se trata.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6036/42. Fonseca Felipe. 6 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.