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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374400
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1078
TRABAJADORES DEL ESTADO, TERMINO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1078
No estando comprendida la reinstalación en ninguna de las fracciones del artículo 87 del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado, como excepciones a la regla general de prescripción que contiene el artículo 86 del mismo Estatuto, pues la fracción III de aquel artículo, sólo habla de la acción de indemnización y no de la de reinstalación, la prescripción debe regirse por el mencionado artículo 86, que fija el término de un año para la prescripción.
Precedentes
Tomo LXXIX, página 7659. Indice Alfabético. Amparo en revisión 5558/43. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. 2 de marzo de 1944. Mayoría de tres votos. Disidente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Hermilo López Sánchez.
Tomo LXXIX, página 1078. Amparo en revisión en materia de trabajo 5002/43. Departamento de Salubridad Pública. 17 de enero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.