Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/374403
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1116
PRUEBA TESTIMONIAL ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1116
Si al ofrecer la parte actora la prueba testimonial ante la Junta responsable, exhibió en pliego abierto, el interrogatorio al tenor del cual deberían ser examinados sus testigos, y la propia Junta previno a la parte demandada que presentase dentro de un término de cinco días, los interrogatorios de preguntas, con el apercibimiento de que de no hacerlo, se le tendría por desistida de ese derecho, no puede decirse que la demanda no haya quedado oportunamente notificada del acuerdo de que se trata, y si voluntariamente dejó transcurrir el término que se señaló para presentar sus interrogatorios de repreguntas, sin hacerlo, debe concluirse que, también por propia voluntad, aceptó que se le tuviera por desistida del derecho de formular repreguntas a los testigos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4454/42. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S.A. 18 de enero de 1944. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Roque Estrada.