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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374410
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1244
LIBROS DE CONTABILIDAD, INSPECCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1244
Debe estimarse infundado el concepto de violación que se haga valer en el sentido de que la Junta responsable no exigió a la parte demandada que exhibiera sus libros de contabilidad, al desahogar la prueba de inspección de tales libros, ofrecida por el quejoso y aceptada por la responsable, si de autos consta que dicha prueba se mandó desahogar y no se llevó a cabo la inspección en virtud de que la demandada manifestó que dada la importancia de su negocio, carecía de libros de contabilidad sin que el quejoso haya hecho gestión alguna insistiendo en la realización de tal prueba, porque no fuera cierta la afirmación de su contraparte.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7180/43. Unión de Empleados de Hoteles, Restaurantes, Cafés, Cantinas, Balnearios, Casinos y similares del puerto de Veracruz, Veracruz. 19 de enero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Hermilo López Sánchez.