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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1319
CONTRATO DE TRABAJO, AMPARO CONTRA LA NEGATIVA DE UNA JUNTA, A DECLARARLO ROTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1319
La resolución por la que una Junta de Conciliación y Arbitraje se niega a declarar roto el contrato de trabajo, y manda continuar el procedimiento, engendra una violación de carácter irreparable, por lo que, comprendiéndose el caso en lo que al efecto dispone la fracción IX del artículo 107 de la Constitución Federal, es procedente el amparo ante un Juez de Distrito.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1838/43. Compañía Minera Asarco, S. A. 19 de enero de 1944. Mayoría de tres votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Disidente. Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.