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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374443
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1891
LIBROS DE CONTABILIDAD, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE INSPECCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1891
Si bien es cierto que, en términos generales, existe interés en que se resuelvan con prontitud las contiendas entre particulares, también lo es que tal principio no es un obstáculo para la interposición de los medios legales de defensa. Por tanto, si la parte quejosa estima que se le seguirían perjuicios de difícil reparación, como la ejecución del acto reclamado, consistente en la orden para que se lleve a cabo una diligencia de inspección en los libros de contabilidad, y por tal motivo solicita la suspensión contra esa orden, debe estimarse que como el acto reclamado se refiere de manera exclusiva a los intereses de las partes, y como por otra parte, de negarse la suspensión quedaría sin materia el fondo del amparo, procede conceder la medida solicitada, ya que, por otra parte, no es exacto que con la suspensión de la práctica de la diligencia de que se trata, se perjudique el interés general o se violen disposiciones de orden público.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 3693/43. Banco Central de Capitalización y Ahorro, S. A. 26 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.